Con esta sentencia hemos conseguido, que se incluyan TODOS LOS COMPLEMENTOS (GUARDIAS, C.GRADO, VACACIONES…) en el pago de las pagas extra
La victoria en esta nueva sentencia es muy importante, ya que consolida el criterio de la anterior sentencia obtenida para nuestros compañeros MIR. El TSJ especifica que las pagas extra deben calcularse incluyendo las guardias no pagadas, lo cual es un hecho novedoso que nadie hasta ahora había conseguido.
En JUSAMED fuimos los primeros en preocuparnos por los derechos del colectivo MIR y hemos sido la primera plataforma en reclamar íntegramente que se calculen las pagas extra de esta manera. Tras años persiguiendo esta meta, hemos conseguido una sentencia hasta ahora nunca vista en los Tribunales españoles.
Con esta sentencia hemos conseguido, que se incluyan TODOS LOS COMPLEMENTOS (GUARDIAS, C.GRADO, VACACIONES…) en el pago de las pagas extra. Un hecho histórico y pionero para la justicia y la sanidad española, que va a permitir que en el futuro los residentes reciban las cuantías que se merecen. Con este nuevo criterio, estamos hablando de la obtención de cuantías que van desde los 3.500 a los 7.000€ por MIR.
«[…] dictada en virtud de demanda presentada contra el Servicio Madrileño de Salud (Comunidad de Madrid) en reclamación de DERECHOS Y CANTIDAD, debemos revocar y revocamos dicha resolución, estimando la demanda interpuesta y declarando la obligación de la parte demandada de abonar a los actores dos pagas extras anuales, en los meses de junio y diciembre, compuestas cada una de ellas por el sueldo base, el complemento de grado de
formación, el complemento de atención continuada y el complemento de jornada complementaria, condenando a la demandada a estar y pasar por dicha declaración y a abonar a los demandantes las cantidades siguientes»