Facilidades de pago
Solo pagando un pequeño anticipo llevaremos a cabo tu reclamación. En caso de sentencia desfavorable, no pagas nada. SOLO PAGAS SI GANAS
Condiciones especiales
Sabemos que cada colectivo sanitario tiene problemas particulares consúltanos tus dudas y te atenderemos de forma específica
Porcentaje de pago
Cuando consigas tu dinero, los honorarios serían un pequeño porcentaje de la cantidad conseguida.
Ofertas para grupos
Si vienes con varios compañeros sanitarios, ofrecemos tarifas especiales por grupos. Infórmate
Reconocimiento de carrera profesional
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha reconocido el derecho de los interinos de larga duración al complemento de carrera profesional. En España, también lo ha reconocido, el Tribunal Supremo para los interinos cuya relación laboral ya dure más de 5 años.
En este procedimiento, reclamamos al SERMAS o servicio de salud correspondiente que reconozca nuestro derecho al complemento de carrera profesional, y que proceda a pagarnos el mismo, desde la fecha en la que debió reconocérnoslo hasta ahora, y en adelante, siempre que no hayan transcurrido 4 años. Es decir, reclamamos que nos paguen el complemento de carrera profesional durante los cuatro años anteriores, si teníamos derecho al mismo.
¿Quieres reclamar el reconocimiento de carrera profesional?
Contribuimos a mejorar el día a día del profesional sanitario: informándole de sus derechos, ayudándole con sus reclamaciones, y protegiéndolo frente a las injusticias del sistema. Más de 1000 médicos han confiado ya en nosotros para llevar a cabo sus reclamaciones y recuperar sus derechos.
¿Qué reclamamos?
Que se reconozca nuestro derecho al complemento de carrera profesional
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha reconocido el derecho de los interinos de larga duración al complemento de carrera profesional
El pago del complemento de carrera profesional durante los cuatro años anteriores
El pago del complemento de carrera profesional, desde la fecha en la que debió reconocérnoslo hasta ahora, y en adelante, siempre que no hayan transcurrido 4 años.
Si ya lo tenemos reconocido pero no abonado
Reclamamos que nos abonen el complemento
desde la fecha en la que se nos reconoció hasta ahora, y de aquí en adelante.
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28009 Madrid