Lo hemos vuelto a conseguir. Victoria histórica de Jusamed para los enfermeros: las guardias localizadas son tiempo de trabajo y, por tanto, deben abonarse como si se trataran de una guardia normal.
ES DECIR: UNA GUARDIA LOCALIZADA SE PAGA COMO UNA GUARDIA NORMAL. HAS OÍDO BIEN: LA INSTRUCCIÓN DE NÓMINAS ES ILEGAL Y NO SE APLICA.
Guardia Localizada = Guardia Presencial
¿Eres enfermero? Reclama tus guardias localizadas
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid lo confirma.
Las guardias localizadas deben pagarse como una guardia normal
Reclama las SUPERGUARDIAS LOCALIZADAS para enfermeros
LAS GUARDIAS LOCALIZADAS SON TIEMPO DE TRABAJO Y DEBEN PAGARSE COMO UNA GUARDIA NORMAL.
En este procedimiento, reclamamos al Servicio de Salud correspondiente, que reconozca las guardias localizadas como tiempo de trabajo en su totalidad, y que abone las guardias localizadas ya realizadas cuyo plazo de reclamación no esté prescrito, como si se tratara de una guardia normal, con el precio que establezca la Instrucción de Nóminas para las guardias normales o de festivos, según el día en que se realicen. ASÍ LO HA DICTAMINADO EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID PORQUE NOSOTROS LO HEMOS RECLAMADO, si bien, entendemos que puede ser el criterio que se siga en otras Comunidades Autónomas si alguien lo reclama con Jusamed.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid lo confirma.
¿Qué reclamamos en este procedimiento?
En Jusamed reclamamos que se reconozcan las guardias localizadas como tiempo de trabajo en su totalidad
Que se abonen las guardias localizadas ya realizadas cuyo plazo de reclamación no esté prescrito como si se tratara de una guardia normal
Que las guardias se abonen con el precio que establezca la Instrucción de Nóminas para las guardias normales o de festivos, según el día en que se realicen.
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