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Guardias localizadas adjuntos

Lo hemos vuelto a conseguir. Victoria histórica de Jusamed para el colectivo médico: las guardias localizadas son tiempo de trabajo y, por tanto, deben abonarse como si se trataran de una guardia normal.

ES DECIR: UNA GUARDIA LOCALIZADA SE PAGA COMO UNA GUARDIA NORMAL. HAS OÍDO BIEN: LA INSTRUCCIÓN DE NÓMINAS ES ILEGAL Y NO SE APLICA.

Guardia Localizada = Guardia Presencial

¿Eres adjunto? Reclama tus guardias localizadas

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid lo confirma.

Las guardias localizadas deben pagarse como una guardia normal

Reclama las SUPERGUARDIAS LOCALIZADAS para adjuntos

LAS GUARDIAS LOCALIZADAS SON TIEMPO DE TRABAJO Y DEBEN PAGARSE COMO UNA GUARDIA NORMAL.

En este procedimiento, reclamamos al Servicio de Salud correspondiente, que reconozca las guardias localizadas como tiempo de trabajo en su totalidad, y que abone las guardias localizadas ya realizadas cuyo plazo de reclamación no esté prescrito, como si se tratara de una guardia normal, con el precio que establezca la Instrucción de Nóminas para las guardias normales o de festivos, según el día en que se realicen. ASÍ LO HA DICTAMINADO EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID PORQUE NOSOTROS LO HEMOS RECLAMADO, si bien, entendemos que puede ser el criterio que se siga en otras Comunidades Autónomas si alguien lo reclama con Jusamed.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid lo confirma.

¿Qué reclamamos en este procedimiento?

En Jusamed reclamamos que se reconozcan las guardias localizadas como tiempo de trabajo en su totalidad

Que se abonen las guardias localizadas ya realizadas cuyo plazo de reclamación no esté prescrito como si se tratara de una guardia normal

Que las guardias se abonen con el precio que establezca la Instrucción de Nóminas para las guardias normales o de festivos, según el día en que se realicen.