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¿Qué es un poder para pleitos?

16/07/2023

El Poder General para Pleitos es un documento físico o electrónico que desempeña un papel fundamental en el sistema legal. Emitido por un notario o un funcionario judicial, otorga poderes a un procurador para representar y actuar en nombre del titular del bien jurídico ante los juzgados y tribunales. En este artículo, exploraremos en detalle el concepto de este poder, los tipos disponibles y sus facultades, así como su duración y los procedimientos relacionados.

En el ámbito especializado de arrendamientos urbanos, el Poder General para Pleitos tiene una relevancia significativa. No importa si eres inquilino, arrendador o enfrentas un desahucio por impago de alquiler; este instrumento legal es válido y aplicable a una amplia gama de disciplinas jurídicas.

 

Concepto de Poder General para Pleitos

El Poder General para Pleitos es un documento que autoriza a un procurador a actuar en nombre y representación del titular del bien jurídico ante los tribunales. Su necesidad radica en el hecho de que en la mayoría de los procedimientos judiciales, el interesado no puede participar directamente y debe hacerlo a través de un procurador.

De acuerdo con el artículo 23 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, existen algunas excepciones en las que la participación del procurador no es obligatoria. Sin embargo, en la mayoría de los casos, se requiere otorgar un Poder General para Pleitos para garantizar una representación adecuada en el proceso legal.

Es importante destacar que, aunque en ciertos casos no sea obligatorio el uso de un procurador, el interesado puede optar por otorgar un Poder General para Pleitos para que un procurador lo represente en el proceso. En estos casos, generalmente los gastos en los que incurre el interesado por la contratación del procurador (y del abogado, si se incluye en el poder) no son recuperables, ya que se han contratado de manera voluntaria, salvo algunas excepciones.

En este contexto, el procurador (y los abogados, si se incluyen en el poder) se convierten en los «apoderados», mientras que la persona que otorga el Poder se denomina «poderdante».

 

Tipos de Poder

Existen dos tipos principales de Poder General para Pleitos:

  • Poder Notarial: Es el tipo más comúnmente utilizado en la práctica. Se emite mediante un notario y tiene un costo aproximado de 45 euros. El notario garantiza la validez del documento, y puede ser otorgado por cualquier notario en España. En el extranjero, también es posible otorgarlo en las embajadas españolas.
  • Poder Apud Acta: Esta modalidad es gratuita y consiste en acudir al juzgado en lugar de a la notaría. Un funcionario judicial emite el Poder a favor del procurador designado. También es posible realizar este proceso en línea.

    Para otorgar cualquiera de estos tipos de Poder, se requiere el DNI de la persona física que lo otorga. En el caso de las personas jurídicas, su representante debe acudir a la notaría o al juzgado con su DNI y la escritura que conceda la representación de la persona jurídica al representante designado.

    El objetivo de la intervención del notario o el funcionario judicial es garantizar que las personas que acuden a otorgar el Poder sean las mismas que figuran en el documento. En el caso de realizar el proceso en línea, se requiere que la persona que otorga el poder tenga acceso a la plataforma en línea a través de un código PIN o certificado digital.

     

    Facultades del Poder para Pleitos

    El Poder General para Pleitos, ya sea en formato físico o electrónico, otorga al procurador autorizado una serie de facultades para llevar a cabo los actos necesarios en un procedimiento judicial. Estas facultades incluyen, entre otras, la presentación de la demanda, la contestación a la demanda en caso de ser el demandado, la interposición de recursos y la petición de subasta de bienes embargados.

    El Poder debe ser entregado al procurador designado, quien será el responsable de ejercer la representación correspondiente. Es importante mencionar que, al presentar una demanda, esta debe indicar en el encabezado el nombre del procurador autorizado, y junto con la demanda se debe adjuntar el Poder otorgado. Esto permite al juzgado confirmar que el procurador que representa al interesado en el pleito es su representante legal legítimo.

     

    Duración del Poder

    El Poder General para Pleitos otorgado por un notario tiene carácter indefinido, lo que significa que el apoderado puede representar al interesado de manera continua en el tiempo, siempre que se ajuste a las funciones concedidas en el Poder. Por lo tanto, si el interesado desea revocar dicho poder, deberá hacerlo mediante un proceso de revocación en cualquier notaría del país.

    En el caso del Poder solicitado en el juzgado, este es válido únicamente para el pleito actual y no tiene efecto en los procedimientos futuros.

    En cuanto al poder electrónico, su validez puede establecerse por el período deseado, aunque generalmente tiene una duración de diez años.

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