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JUSAMED ha conseguido una SENTENCIA HISTÓRICA del TSJ de Madrid: Reconocimiento del PAGO DE LAS GUARDIAS, las vacaciones y el complemento de grado, en el pleito de las pagas extra

26/01/2021

HEMOS SIDO LOS PRIMEROS EN CONSEGUIR QUE SE INCLUYA EL PAGO DE LAS GUARDIAS, LAS VACACIONES Y EL COMPLEMENTO DE GRADO EN LA PAGA EXTRA. EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA NOS HA DADO LA RAZÓN. 

  JUSAMED HA CONSEGUIDO UNA SENTENCIA HISTÓRICA DEL TSJ DE MADRID. Gracias a una estrategia jurídica sin precedentes, hemos abierto un camino insólito en el pleito de la indemnización de las pagas extra de los MIRes

  En Justicia Sanitaria de Médicos fuimos los primeros en preocuparnos por los derechos del colectivo MIR. Tras años persiguiendo esta meta, hemos conseguido una sentencia hasta ahora nunca vista en los Tribunales españoles. Esta victoria supone un antes y un después en las futuras reclamaciones de nuestros compañeros MIRes, consiguiendo indemnizaciones en muchos casos de más de 6000€.

   Con esta sentencia hemos conseguido, que se incluyan TODOS LOS COMPLEMENTOS (GUARDIAS, C.GRADO, VACACIONES…) en el pago de las pagas extra. Un hecho histórico para la justicia y la sanidad española, que va a permitir que en el futuro los residentes reciban las cuantías que se merecen.

       En el pago de esta nueva sentencia histórica, se abona a los residentes, las pagas extraordinarias correspondientes a los periodos de junio y diciembre de 2018 y junio de 2019. Esta cuantía, por primera vez y gracias a  JUSAMED proviene de la suma de las siguientes cifras:

    a) Sueldo base, cuya cuantía será equivalente a la asignada, en concepto de sueldo base, al personal estatutario de los servicios de salud en función del título universitario exigido para el desempeño de su profesión, atendiendo, en el caso de los residentes, al exigido para el ingreso en el correspondiente programa de formación.

    b) Complemento de grado de formación, cuya percepción se devengará a partir del segundo curso de formación.

    c) Complemento de atención continuada (guardias y vacaciones), destinado a remunerar la atención a los usuarios de los servicios sanitarios de manera permanente y continuada.

    d) Se percibirá un plus de residencia en aquellos territorios en los que esté establecido.

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