El Tribunal Superior de Justicia reconoce el Derecho de los MIR a obtener una indemnización económica por no haber librado sábados y domingos con cuantías de más de 7.000€
Hace unos meses, os contamos, que habíamos ganado una sentencia, por la cual se reconocía la vulneración del derecho al descanso de los MIRes del Hospital de Fuenlabrada y se condenaba al SERMAS a indemnizarle por los días de descanso no disfrutados.
La sentencia reconocía indemnizaciones que oscilaban entre los 5.000-9.000 euros por médico MIR, algo que ningún despacho anteriormente había conseguido, y que nosotros consideramos un hito para el sector.
¿Cuál era la novedad de esta nueva sentencia conseguida por Jusamed?
a) Reconocía por primera vez el derecho a librar de los MIRes (el de los adjuntos ya venía siendo reconocido en la jurisdicción contencioso-administrativa, pero respecto de los MIRes, que van a la jurisdicción social, nunca antes se lo habían reconocido en sentencia)
b) Les indemnizaba tanto por la vulneración de la guardia del sábado como la del domingo. Las cantidades conseguidas por JUSAMED son un auténtico hito en el sector que nadie antes había conseguido. Esto se debe a la especialización y excelencia de nuestro equipo jurídico.
¿Qué ha reconocido el TSJ?
El Tribunal Superior de Justicia nos ha dado la razón en todo: no sólo confirmó el criterio y las cuantías de la sentencia, sino que fue mucho más allá: dijo que no se discuten las horas trabajadas, o si las horas de guardia o libranza se consideran o no horario de trabajo, sino simple y llanamente que se ha vulnerado el derecho al descanso de los MIRes, y que hay que indemnizarlos.
Este razonamiento es especialmente importante, pues, en la actualidad, algunos de los procedimientos se encontraban en suspenso, ya que en la un sindicato minoritario interpuso un conflicto colectivo sobre si las guardias deben considerarse o no horas de trabajo. Con este razonamiento, se abre la puerta a que cualquier médico MIR, sea del SERMAS, o de cualquier hospital de la Comunidad de Madrid (como el de Fuenlabrada, Alcorcón o el Infanta Elena) puedan reclamar la vulneración y su correspondiente indemnización.